PORTAL DE TRANSPARENCIA
INFORMACIÓN INSTITUCIONAL, ORGANIZATIVA Y DE PLANIFICACIÓN
INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
NORMATIVA APLICABLE
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
La Autoridad Portuaria de Melilla es el organismo público a quien corresponde la gestión del Puerto de Melilla y Chafarinas. Fue creada en el año 1992 por la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, hoy derogada, y se rige en la actualidad por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
COMPETENCIAS Y FUNCIONES
Competencias y funciones de la Autoridad Portuaria de Melilla.
BUEN GOBIERNO
Calidad, Medio Ambiente y Seguridad y Salud en el trabajo.
Convenio del Consejo de Europa sobre el acceso a los documentos públicos.
Código Ético de la Autoridad Portuaria.
Canal ético en contestación a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Planes y procolos División de Recursos Humanos y Organización.
Procedimiento de Quejas y Sugerencias.
DATOS ABIERTOS
Los datos abiertos son aquellos datos que cualquiera es libre de utilizar, reutilizar y redistribuir, con el único límite, en su caso, del requisito de atribución de su fuente o reconocimiento de su autoría. Los datos están disponibles en diferentes formatos, la mayoría estándares, para facilitar la reutilización, con las limitaciones de privacidad, seguridad y propiedad que sean aplicables en cada caso.
Datos abiertos en datos.gob.es
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REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO
INFORMACIÓN ORGANIZATIVA
ESTRUCTURA
La Autoridad Portuaria de Melilla se estructura en los órganos siguientes:
De Gobierno | De Gestión | De Asistencia | ||
PERFIL Y TRAYECTORIA PROFESIONAL DE LOS RESPONSABLES
Jefe Departamento Asuntos Generales y Jurídicos
Jefe Departamento Económico-Financiero
Jefe Departamento de Infraestructuras
ORGANIGRAMA
INFORMACIÓN SOBRE PLANIFICACIÓN
PLANIFICACIÓN
El régimen de planificación y construcción de los puertos de interés general viene regulado en el título III, Capítulo I del TRLPEMM que establece los siguientes instrumentos de planificación: