PORTAL DE TRANSPARENCIA
DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Toda persona puede ejercer ante la APM el derecho de acceso a la información pública. Este derecho garantiza la posibilidad de llevar a cabo consultas sobre datos e información pública.
Todas las personas físicas y jurídicas tienen derecho a acceder a la información pública según la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), entendiendo como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. La solicitud de acceso a la información pública debe contener al menos:
- Identificación del solicitante (nombre y apellidos o denominación social)
- Dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicación.
- Descripción precisa de la información que se solicita.
En cualquier caso, las solicitudes pueden presentarse a través de cualquiera de los registros públicos que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
LÍMITES DEL DERECHO DE ACCESO (artículo 14 de la LTAIBG)
- La seguridad nacional (art. 14.1.a)
- La defensa (art. 14.1.b).
- Las relaciones exteriores (art. 14.1.c).
- La seguridad pública (art. 14.1.d).
- La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios (art. 14.1.e).
- La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva (art. 14.1.f)
- Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control (art. 14.1.g).
- Los intereses económicos y comerciales (art. 14.1.h).
- La política económica y monetaria (art. 14.1.i).
- El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial (art. 14.1.j).
- La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión (art. 14.1.k).
- La protección del medio ambiente (art. 14.1.l).
MEDIOS PARA LA PRESENTACIÓN DE QUEJAS, SUGERENCIAS Y SOLICITUDES DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN
- Telemáticamente, vía web o sede electrónica.
- Presencial, en las oficinas de la APM.
- Telefónico, llamando al (+34) 952673600.
- Carta: Autoridad Portuaria de Melilla, Avenida de la Marina Española nº 4 - 52001 Melilla.
- Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Las solicitudes de acceso se podrán hacer llegar desde los siguientes enlaces:
Solicitud información a la APM.
Presentar quejas, sugerencias o comentarios sobre el funcionamiento de la APM.
Igualmente, pueden presentarse a través del Portal de Transparencia AGE, dirigidas al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible al que se encuentra adscrita.
- Información sobre plazos y costes:
El plazo de respuesta es de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.
El acceso a la información es gratuito. No obstante, la expedición de copias o la transposición de la información a un formato distinto al original puede dar lugar al pago de una tasa.
- Información sobre la protección de datos de carácter personal:
Los datos personales que facilita en el procedimiento de solicitud de derecho de acceso a la información pública son tratados de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. Conforme a este reglamento, debe dar su consentimiento para que estos datos personales puedan ser utilizados por la Dirección General de Gobernanza Pública (Secretaría de Estado de Función Pública) con la finalidad de gestionar las solicitudes de acceso a la información pública de la Administración General del Estado. Sus datos personales no serán comunicados a terceros. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición dirigiéndose al responsable del tratamiento.
Antes de dar su consentimiento debe leer la información adicional sobre protección de datos de carácter personal.
INFORMES Y RESOLUCIONES
Informes y estadísticas:
- Ejercicio 2022: No hay solicitudes.
- Ejercicio 2023: No hay solicitudes.
Informes quejas y sugerencias:
Denegación de acceso a la información por aplicación de los límites del artículo 14, según lo dispuesto por el artículo 14.3 de la LTAIBG:
- Ejercicio 2022: No hay solicitudes denegadas por aplicación de estos límites.
- Ejercicio 2023: No hay solicitudes denegadas por aplicación de estos límites.
Reclamaciones ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.